En Jerez, no hay dinero ni para limpieza, ni para autobuses, ni para parques infantiles pero, según denuncia el sindicato CGT, hay un grupo de empleados públicos en el Ayuntamiento de Jerez que cobran importantes cantidades pese a estar en uno de los ayuntamientos más endeudados de España.
Más de 120.000 euros anuales
Para que nos hagamos una idea, según datos de 2017, el que fuera presidente de la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont, cobraba 137.000 euros al año, siendo el presidente de una comunidad autónoma española que más dinero percibía. En segundo lugar se encuentra la ex presidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes que cobraba al año 103.000 euros.
Según el sindicato, “la mano derecha de la alcaldesa Mamen Sánchez gana más de 120.000 euros al año”, el doble casi de lo que percibe el presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, o la presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz.
Según CGT, el motivo para ganar tanto dinero es la acumulación de puestos, por eso, han presentado un informe del Ministerio de Función Pública donde se explica que “se contravienen todos los requisitos necesarios para acumular puestos”.
¿Qué ha hecho el sindicato?
Dirigir el informe del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, a todos los miembros que forman parte de la Junta de Gobierno Local: Tesorero, Interventor, Secretario, Director de Recursos Humanos y Jefa del Departamento de Contratación y nóminas. Quedan avisados.
¿Qué esperan?
Que queden anulados los Acuerdos de Junta de Gobierno Local en los que se atribuían la Acumulación de Puestos, por incumplir lo establecido en la normativa.
Cabe recordar que en septiembre del pasado año 2017, la sección de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Jerez emitió un comunicado interno en el que se excusaban de la siguiente manera: "Estos/as empleados/as están ejerciendo las funciones y responsabilidades de su puesto, más funciones de un segundo puesto, implicando trabajos diarios fuera de la jornada laboral, pero no cobran los dos sueldos, sólo una parte del segundo puesto (en concepto de gratificación), produciendo al Ayuntamiento un ahorro considerable respecto a si estuvieran ocupados por un empleado/a por cada puesto".
De esta forma, se reconocía que no se estaba ajustando a la legalidad vigente en este tema, pues
las gratificaciones, según el Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local, "en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo".
Algunos empleados del Ayuntamiento ya se hacen diversas cuestiones sobre este asunto. Los ciudadanos, también: ¿Seguro que no hay dinero en el Ayuntamiento de Jerez para cubrir las necesidades mínimas?